El inventario se formara segun lo disponga El Codigo de Procedimientos Civiles. Si el albacea no lo presenta dentro del termino legal, sera removido.
Concluido y aprobado judicialmente el inventario, el albacea procedera a la liquidación de la herencia.
En primer lugar, seran pagadas las deudas mortuorias, si no estuvieren ya, pues pueden pagarse antes de la formación del inventario.
No hay comentarios:
Publicar un comentario